Intereses de demora

Intereses de demora
hipoteca

Si has firmado una hipoteca en cualquier momento de tu vida, es muy probable que tu contrato contenga una cláusula de intereses de demora. Éstas sirven a la banca para garantizarse el cobro de unos intereses en caso de que no pagues tus cuotas en tiempo y plazo. Sin embargo, muchas de estas cláusulas se han considerado cláusulas abusivas.

Te invitamos a analizar sin compromiso tu hipoteca con nuestro equipo de abogados especialistas en bancario para comprobar si es tu caso y evitar sorpresas. También a reclamar con nosotros si estás envuelto en un procedimiento por impago a tu entidad bancaria.

¿Cuáles son tus derechos?

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En Kernel Legal somos especialistas en gestión financiera y derecho bancario con más de 10 años de experiencia.

¿Qué es la cláusula de intereses de demora?

Los intereses de demora o intereses moratorios son la suma que el acreedor (por ejemplo, el banco) cobra al deudor (por ejemplo, un cliente hipotecario o el firmante de un préstamo de consumo) en caso de impago o pago fuera de plazo. Con ello se penaliza al prestatario en caso de no atender al pago de los recibos de la hipoteca.

Estos intereses han sido tradicionalmente elevadísimos -de hasta un 25% en algunos casos-, sumándose su importe a la deuda pendiente por las cuotas hipotecarias, y haciendo que el consumidor entre en una espiral de endeudamiento de la que es difícil salir. En ocasiones el desenlace es la pérdida de la vivienda por un procedimiento de ejecución hipotecaria.

¿Cuándo es posible reclamar?

Son abusivos los intereses de demora cuando superen en más de dos puntos el interés remuneratorio, siempre y cuando se trate de una cláusula no negociada con el consumidor.

Este criterio es el que mantiene desde hace un tiempo el Tribunal Supremo en España, avalado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) a raíz de una sentencia dictada el pasado 7 de agosto de 2018.

¿Qué puedo recuperar?

El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha declarado en distintas ocasiones que, cuando una cláusula se considere abusiva, ésta deberá anularse en su totalidad, sin que pueda recalcularse o moderarse el importe. Por tanto, el banco no podrá aplicar interés de demora alguno al cliente si esta cláusula es declarada abusiva.

Podrás ‘restar’ estos intereses de tu deuda, aunque sí se aplicará el interés remuneratorio, que es el interés ‘normal’ de tu hipoteca.

¿Qué dice la nueva Ley sobre los intereses de demora?

Recientemente se ha publicado una nueva Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario que introduce novedades con respecto a los intereses de demora. Si firmas una hipoteca a partir del 16 de junio de 2019, ten en cuenta que, como máximo, tu banco podrá exigirte un interés de demora equivalente al interés remuneratorio más tres puntos porcentuales a lo largo del período en el que aquel resulte exigible, y deberá informarte sobre esta cláusula, sin que sea legal pactar lo contrario. Podemos revisar tu hipoteca sin compromiso antes de la firma.

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