10 años de compliance: ¿En qué punto se encuentran las empresas españolas?

10 años de compliance: ¿En qué punto se encuentran las empresas españolas?

En este 2020 se cumplirán 10 años de compliance, o lo que es lo mismo, 10 años desde que se introdujera en España la obligación de contar con un plan de compliance o cumplimiento normativo en todo tipo de empresas. Esta novedad vino de la mano de una importante reforma de nuestro Código Penal, que incluyó por primera vez la llamada responsabilidad penal de las personas jurídicas. Empresas y demás entidades de esta naturaleza son, desde entonces, susceptibles de ser condenadas por los delitos que se cometan en su seno, y se las obliga, por tanto, a tomar todas las medidas necesarias para evitar este tipo de incumplimientos legales, tanto entre sus empleados y dirección como en relación a sus proveedores y terceros relacionados. ¿En qué estado se encuentra la implantación del compliance en las empresas llegados a este punto? ¿Cuáles son los retos del compliance en su décimo aniversario?

Lo cierto es que la implantación del cumplimiento normativo ha comenzado, como suele ser habitual, por las grandes empresas: aquellas donde el riesgo es especialmente elevado y donde es necesario acotar una estructura de gran tamaño. Poco a poco, la cultura del compliance ha ido ‘descendiendo’, pero siguen siendo demasiadas las empresas que se arriesgan a diario a penas que van desde el cese de actividad hasta el pago de multas millonarias. Una idea de la implantación del cumplimiento normativo en este momento y en el ámbito de España la encontramos en el Informe de compliance penal ‘Hacia sistemas de cumplimiento avanzados’, desarrollado por la empresa Grant Thornton, del que se desprende que sólo 1 de cada 10 empresas dispone de un verdadero sistema de compliance. A ello se suma un importante desconocimiento de muchos empresarios acerca de cuáles son sus riesgos penales, algo que puede desembocar en graves consecuencias en caso de cometerse un delito en su entorno.

El estudio, elaborado a partir de 400 encuestas a altos directivos de empresas españolas, revela también que dos tercios de las empresas manifiestan carencias graves en materia de compliance. Existe, además, una amplia variedad de aproximaciones al compliance, y sólo 1 de cada 4 cuenta con un presupuesto específico dedicado al cumplimiento normativo. La mitad de lo negocios encuestados destinan a ello menos de 10.000 euros.

10 años de compliance: cuestión de ética y cultura empresarial

Es importante recordar que el cumplimiento normativo no consiste sólo en dotarse de un plan formal o de protocolos de actuación para evitar delitos: se trata, en primera instancia, de cultivar una verdadera cultura del cumplimiento normativo, basada en la ética y en el buen hacer en todas las facetas de la empresa: laboral, medioambiental, protección de datos, ciberdelitos, insolvencias, estafas, fiscalidad… Existen, además, sectores especialmente vulnerables, como empresas dedicadas a la medicina, las empresas alimentarias o, en general, aquellas que trabajan con datos sensibles, las que generan residuos a gran escala o especialmente peligrosos…

Cada negocio tiene sus puntos débiles y éstos deben ser analizados y neutralizados para evitar no sólo las consecuencias penales de un posible incumplimiento, sino también el daño económico que pueda suponer un error a gran escala, así como el coste reputacional asociado a cualquier circunstancia de este tipo. Es importante no perder de vista el riesgo al que se exponen, en concreto, los administradores sociales. 

Pero, sobre todo, es importante valorar que dotarse de un plan de cumplimiento normativo ayuda a la empresa a actuar de forma más ordenada, al existir protocolos, reglas, procesos de funcionamiento… que son conocidos por cada parte del engranaje y que resultan de obligado cumplimiento. Se refuerza así la cultura corporativa y se mejora la imagen interna y externa del negocio.  

Más allá de la obligación legal de dotarse de un plan de compliance, existe un riesgo real de sufrir una sentencia condenatoria: sólo en los últimos cinco años se han producido en nuestro país 10 procesos sancionadores contra personas jurídicas con multas superiores a los 900.000 euros. Cambios legislativos constantes, sanciones administrativas, protección de datos, incumplimientos en el ámbito tecnológico, restos medioambientales, posibles delitos cometidos por empleados, corrupción… son las cuestiones que más preocupan a los empresarios españoles. Además, cabe recordar que contar con un plan de cumplimiento normativo es clave en cualquier proceso de colaboración empresarial con el sector público. 

Asimismo, el compliance, tal y como asegura nuestro especialista en cumplimiento normativo, Adria Adrian Uris, “no sólo proporciona un mecanismo de prevención y defensa ante todas aquellas actitudes delictivas que se comentan en nombre de la empresa -ya que éstos actúan como garantes por los delitos de los empleados de la empresa, en comisión por omisión-, sino que proporciona contrastados efectos positivos a nivel económico. En el sector empresarial, los administradores son conscientes de su importancia de cara a la buena imagen de su organización. Es por ello que, en la mayoría de los casos, aún sin tener un protocolo de prevención específico, cuentan con diferentes mecanismos de comunicación interna propios de elementos del compliance, como serían los códigos éticos, que favorecen a la mejora de su imagen ante una sociedad de cada vez más crítica con el sector empresarial”.

Así, “ a efectos reputacionales, tener un plan de cumplimiento normativo actúa como mecanismo de garantía sobre la fidelidad y buenas praxis llevadas a cabo por todos los integrantes de la empresa, favoreciendo la captación de clientes y, por tanto, un mayor volumen de trabajo”.

En definitiva, cuanto más se aclara el marco regulatorio de la responsabilidad penal de la persona jurídica, más claro queda lo mucho que se juegan los administradores sociales, tanto a nivel legal como a nivel reputacional.Por ello, y para sobrellevar esa responsabilidad, es imprescindible dotarse de figuras expertas: contacta con nosotros para introducir un plan de cumplimiento normativo en tu empresa, dinamico y a medida de sus necesidades. contamos con un equipo multidisciplinar que protegen

En definitiva, cuanto más se aclara el marco regulatorio de la responsabilidad penal de la persona jurídica, más claro queda lo mucho que se juegan los administradores sociales, ya que en ellos recae el deber de obligado cumplimiento de organizar sus empresas en compliance, sea cual sea el tamaño de su empresa. Éstos actúan como garantes por los delitos de los empleados de la empresa, en comisión por omisión. Por ello, y para sobrellevar esa responsabilidad, es imprescindible dotarse de figuras expertas: contacta con nosotros si valoras introducir un plan de cumplimiento normativo en tu empresa. 



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