¿Puede el estrés considerarse como un accidente de trabajo?

¿Puede el estrés considerarse como un accidente de trabajo?

Hace algunos meses desde Kernel tratábamos una sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid en la que se abría la puerta a la consideración de la alergia al WiFi como enfermedad que impide al trabajador dedicarse a determinadas actividades en las que se exponga a este tipo de ondas. Hoy, volvemos a abrir el melón de las causas de incapacidad laboral, y las enfermedades que pueden provocarlas, debido a una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía, en la que se considera el estrés laboral como una de las mismas, equiparándolo a un accidente de trabajo.

Se trata de una sentencia  de gran importancia, teniendo en cuenta que el estrés provoca el 30% de las bajas laborales en España, según afirmó recientemente el secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo, durante su intervención en el congreso ‘Horizonte 2020: organizaciones más humanas que generan valor”.

En la misma, el TSJ andaluz concede la incapacidad permanente total a una trabajadora, directora de fábrica, que padecía un síndrome resultado de un estrés laboral crónico o frustración prolongada, como consecuencia de la forma en que desempeñaba su actividad, siempre de forma exhaustiva, autoexigente y con gran responsabilidad. Esto se justifica en la consideración de tal dolencia como un accidente de trabajo, con las prerrogativas que ello incluye para el trabajador.

El origen del estrés como límite

La propia sentencia, de 1 de junio de 2017 -recogida por elEconomista-, establece ciertos límites a la concesión de incapacidad permanente total de un trabajador en base a esta posible dolencia -estrés crónico-. De esta manera considera que la enfermedad no debe venir provocada por una personalidad de base del afectado que le haga vivir mal, enfermando, lo que normalmente no desencadena patología alguna, así como que es indiferente que la demandante presentara rasgos de personalidad anancástica y viviera obsesionada por la perfección. Así, el fallo exige que la patología no se desencadene como consecuencia de la forma de vivir el trabajador su relación con el trabajo, sino que tampoco deben confluir otros elementos desencadenantes.

“Se sintió desplazada en un momento dado cuando tuvo lugar una reestructuración en la empresa, que provocó cambios en sus funciones, lo que motivó que pidiera la baja en dos ocasiones por estrés”, explica la sentencia. “Lo fundamental es delimitar la causa de la enfermedad, resultando que la misma puede tener una causa laboral, incluso aunque no se aprecie conducta ilícita de la empleadora, ya que el objeto de este proceso es única y exclusivamente la determinación de la contingencia”, añade.

Antecedentes de estrés y el relato de sus compañeros claves

La ponente del fallo, la magistrada Pérez Sibon, explicaba que los antecedentes de la trabajadora, que ya había obtenido dos bajas médicas por estrés -en los años 2000 y 2006- casaban “adecuadamente con el tipo de trabajo intenso y de gran responsabilidad al que se sometía, y en la forma en que lo llevaba a cabo”. De esta manera, se entienden estos antecedentes suficientes para desligar el hecho de que la actora presente rasgos de personalidad anancástica, ya que no es suficiente para excluir el nexo causal de la patología con el trabajo y así mismo de forma exclusiva como exige el precepto analizado.

Y es que, el propio TSJ de Andalucía destacaba en su sentencia las condiciones de permanente autoexigencia y responsabilidad a la que estaba sometida la trabajadora, que en palabras de los trabajadores y compañeros de la mujer afectada y que han accedido al relato fáctico, era “el alma de la empresa”. Así, estos ritmos de trabajo “aprovechados por la empresa -sin que esta afirmación respecto de la empleadora en el contexto en el que la incluimos suponga una crítica o desvalor- para mantener una adecuada gestión de sus servicios” constituye prueba suficiente como para aseverar la patología de la trabajadora.

Si necesitas asesoramiento para tramitar tu baja laboral o una incapacidad de cualquier tipo, desde Kernel Legal te animamos a contactarnos y recibir el mejor asesoramiento de la mano de nuestro equipo de especialistas. 



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