Seguros e incapacidad permanente: 驴Es accidente una crisis aguda de ansiedad provocada por un email de despido?

La sentencia que hoy comentamos ha llamado nuestra atenci贸n por tratar un asunto clave para cualquier asegurado que cuente con una p贸liza dise帽ada para cubrir situaciones de incapacidad. En este caso se trata de un seguro que cubr铆a los casos de invalidez permanente absoluta, doblando la indemnizaci贸n en caso de que esta situaci贸n fuera provocada por un accidente. Se debate, en este sentido, si puede considerarse accidente la crisis de ansiedad aguda que provoc贸 al asegurado recibir un email en el que su empresa le comunicaba que era relevado de sus funciones.

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Incapacidad permanente y concepto de accidente en la p贸liza de seguros

La sentencia, dictada por la Audiencia Provincial de C谩diz y recogida por Diario La Ley, se centra en analizar si puede considerarse accidente de la invalidez del asegurado causada por la situaci贸n estresante aguda que le provoc贸 recibir un email comunic谩ndole que se le relevaba de sus funciones.聽

Reconocer que este hecho entra en la definici贸n de accidente supone abonar una indemnizaci贸n por una cuant铆a correspondiente al doble de la prevista para el resto de casos, seg煤n el contenido de la p贸liza.

Para analizar este caso, la Audiencia Provincial se detiene a estudiar con detalle el contenido del art铆culo 100 de la Ley de Contrato de Seguro, recordando que, para que nos encontremos ante un accidente, es necesario que se cumplan ciertos requisitos:

  • Que se trate de un evento involuntario y, por tanto, ajeno a la intenci贸n del asegurado.
  • Que el evento sea externo, es decir, que no responda a un proceso patol贸gico interno o end贸geno del cuerpo de la v铆ctima.
  • Que el evento sea violento y s煤bito, operando con 铆mpetu y fuerza contra el cuerpo humano de forma imprevista.

En concreto, en art铆culo 100 LCS nos dice lo siguiente:

Sin perjuicio de la delimitaci贸n del riesgo que las partes efect煤en en el contrato se entiende por accidente la lesi贸n corporal que deriva de una causa violenta s煤bita, externa y ajena a la intencionalidad del asegurado, que produzca invalidez temporal o permanente o muerte芦.

Evento involuntario

No hay duda sobre el primer punto: estamos ante un evento involuntario, dado que el accidente fue ajeno a la intenci贸n del asegurado. No fue buscado a prop贸sito o, dicho de otra manera, se produjo 芦independientemente de la voluntad del asegurado禄.

En este sentido, la jurisprudencia del Tribunal Supremo asegura que solo son susceptibles de ser consideradas como intencionales las situaciones en las que el asegurado provoca consciente y voluntariamente el siniestro o, cuando menos, se lo representa como altamente probable y lo acepta para el caso de que se produzca.

La sentencia asegura que 芦en el caso enjuiciado, no podemos hablar, bajo ning煤n concepto, de evento intencionado, ni de lesi贸n corporal causada o fingida, ni tan siquiera se sugiere por parte de la compa帽铆a aseguradora.禄

Evento externo

M谩s controvertida es la externalidad del evento, y es precisamente en este punto en el que basa su defensa la aseguradora, entendiendo que la crisis de ansiedad aguda fue 芦el punto culminante de la evoluci贸n patol贸gica y f铆sica禄 del asegurado.

Al contrario de este criterio, seg煤n el an谩lisis de la sentencia, un evento externo se produce cuando la lesi贸n corporal no responda a un proceso patol贸gico interno o end贸geno. O lo que es lo mismo, es un evento 芦proveniente del mundo exterior materialmente perceptible禄, y no 芦consecuencia de una patolog铆a interna o enfermedad del organismo humano que act煤a como s铆ndrome subyacente禄.

La jurisprudencia es constante cuando exige que la lesi贸n ha de tener su origen en una causa distinta a un padecimiento org谩nico, de manera tal que no sea desencadenada, de forma exclusiva, o, fundamentalmente, por una enfermedad.

Por tanto, lo que excluye la jurisprudencia es que la lesi贸n corporal asegurada sea desencadenada 芦de forma exclusiva, o, fundamentalmente禄 por una enfermedad. 芦No excluye que a la lesi贸n haya podido contribuir como concausa de car谩cter secundario una determinada patolog铆a previa (por ejemplo, la rotura de huesos por una ca铆da fortuita de una persona que sufra osteoporosis).禄

Por tanto, en este caso, el hecho de que el asegurado pudiera contar con patolog铆as previas relacionadas con la crisis de ansiedad aguda no es causa de exoneraci贸n de la obligaci贸n del asegurador.

En este caso, el demandante ya sufr铆a con anterioridad una cardiopat铆a isqu茅mica y un trastorno mixto ansioso depresivo que, desde 1999, le hab铆a provocado una declaraci贸n de minusval铆a del 33 %. Sin embargo, 芦durante 15 a帽os nunca volvi贸 a tener un episodio ni siquiera semejable a un infarto o dolencia parecida禄, ni tampoco consta, antes de sufrir el accidente, 芦ingreso, episodio ni baja o crisis alguna禄.

En este caso, parece evidente que el desencadenante de la crisis de ansiedad 芦fue la situaci贸n estresante aguda que le provoca recibir el email que le comunica que se le revela de sus funciones禄.

Evento violento y s煤bito

En cuanto al 煤ltimo punto, nos encontramos, seg煤n la sentencia, ante un evento violento y s煤bito, dado que la violencia se predica de la intensidad del resultado producido y su capacidad lesiva, 芦en este caso, evidente, al provocar la invalidez del actor禄.

Por otro lado, por 芦lesi贸n corporal禄, ha de entenderse toda alteraci贸n de la integridad del cuerpo humano, tanto en su aspecto f铆sico como ps铆quico. Por tanto, la lesi贸n sufrida puede ser f铆sica y ps铆quica, sin que sea relevante el 芦juego de las cl谩usulas limitativas del riesgo contratado禄, como las que intentan acotar el concepto de lesi贸n y reducirlo.

As铆 lo ha dictado el propio Tribunal Supremo:

芦En cuanto al primero de los elementos de esa definici贸n, la lesi贸n corporal, ha de entenderse por lesi贸n toda alteraci贸n de la integridad del cuerpo humano, tanto en su aspecto f铆sico como ps铆quico禄.

El evento tambi茅n fue s煤bito, quedando claro su car谩cter imprevisto, sin que se haya acreditado que el asegurado estuviera al tanto de que iba a ser cambiado de destino en su trabajo.

En definitiva, la Audiencia Provincial de C谩diz considera que, en este caso, concurren todos estos requisitos y, por tanto, procede hablar de accidente y reconocer al asegurado su derecho a percibir la cantidad reclamada.

Si necesitas ayuda en cualquier asunto relacionado con seguros y p贸lizas de seguros, ponte en contacto con nuestro equipo de abogados.聽

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