10 causas para declarar un matrimonio nulo

nulidad matrimonial

10 causas para declarar un matrimonio nulo

La nulidad matrimonial es una acción por la cual un matrimonio canónico queda disuelto como si nunca hubiera existido.

No tenemos que confundir el divorcio civil –consulta el divorcio exprés– y la nulidad canónica (Procedimiento ante la Iglesia). Muchos matrimonios están divorciados y separados civilmente, pero a nivel canónico aún siguen en sagrado matrimonio.

Para iniciar un procedimiento de nulidad matrimonial, los cónyuges tienen que acudir al juzgado eclesiástico, e interponer una demanda de nulidad de matrimonio canónico ante el Tribunal de la Rota. La normativa aplicable para decidir si hay o no causa de nulidad matrimonial, es el Código de derecho canónico Promulgado por la Autoridad de Juan Pablo II.

¿Y que causas de nulidad matrimonial tenemos que alegar para que nos la concedan?

Las causas de nulidad matrimonial se dividen en tres grandes grupos, Los tres grupos de causas principales son los siguientes:

  • Circunstancias externas que hacen imposible contraer matrimonio: impedimentos.

  • Circunstancias internas que afectan a la voluntad y hace que el matrimonio sea nulo: vicios de consentimiento.

  • Circunstancias de forma porqué durante o después de la boda se ha incumplido la forma del matrimonio y éste será nulo: defectos de forma.

Dentro de cada grupo hay las causas específicas, aquí tenéis las 10 causas más comunes:

  1.  Edad: los varones menores de 16 y las mujeres menores de 14 no pueden contraer matrimonio, y si lo hacen el mismo no es válido.  

  2. Impotencia: si un matrimonio no es consumado por la pareja no será válido.

  3. Impedimento de consanguinidad: Los hermanos consanguíneos no pueden contraer matrimonio ya que la Iglesia no admite dispensa al considerarlo anti natural.

  4.  Matrimonio bajo condición: cuando el matrimonio se condiciona a un hecho futuro e incierto el matrimonio es nulo, el ejemplo más claro es prometer un chalet en el momento de casarse.

  5. Rapto: que el raptor quiera casarse con la mujer raptada y ésta no acepte de manera libre y espontánea es causa de nulidad matrimonial.

  6. Nulidad por incapacidad para asumir las obligaciones esenciales del matrimonio por causas de naturaleza psíquica: en la práctica son los casos en que hay una dependencia psicológica de uno de los conyugues al padre, madre, etc, ya que es considerado un trastorno de la personalidad.

  1. Error acerca de la persona: las personas que van a contraer matrimonio no se han llegado a conocer nunca hasta el mismo día del matrimonio.

  1. Parentesco Legal: Tampoco pueden contraer matrimonio quién tenga un parentesco legal en línea recta (adopción en línea recta o colateral.

  2. Violencia física o moral: si se emplea intimidación o miedo para obligar o modificar la voluntad de uno de los conyugues el matrimonio es nulo.

  3. Crimen: Si una persona con el fin de contraer matrimonio asesina a uno de los miembros del matrimonio para luego casarse con el viudo/viuda, dicho matrimonio es nulo.

En rasgos generales los motivos arriba referenciados son los más alegados para iniciar un procedimiento de nulidad matrimonial. Todas estas causas se deben acreditar de manera fehaciente aportando documental, testimonios etc, ya que no es un procedimiento fácil y los interesados necesitan la ayuda de un especialista en derecho eclesiástico. En Kernel Legal recomendamos que si tenéis cualquier duda para iniciar un procedimiento de nulidad eclesiástica consultéis a nuestros profesionales enviando un mensaje a través de nuestro formulario.



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